¿EXISTEN RIESGOS LABORALES EN EL TRABAJO DE OFICINA?

in #spanish7 years ago (edited)

PARTE (I)

DISEÑO ERGONÓMICO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DE OFICINA

Tradicionalmente se asocia el trabajo en oficina con la errada idea de ausencia de riesgos laborales. En las oficinas se producen una gran cantidad de trastornos músculo-esqueléticos y accidentes de seguridad como caídas, golpes, etc. relacionados con un marcado deterioro de las condiciones ambientales de trabajo y con efectos negativos acumulativos sobra la salud en donde la adopción de posiciones disergonómicas y trabajo pesado-monótono se suma a la ausencia de criterios de diseño ergonómico del puesto de trabajo.

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Desafortunadamente en nuestro país se han llevado a cabo pocos estudios antropométricos que envuelvan e incluyan a la población laboral-productiva venezolana aunado a la debilidad en el manejo de los profesionales del área para el diseño aplicado a la interfase entre el cuerpo humano y los componentes del espacio, ambiente y puesto de trabajo. Sumado a ello, en Venezuela la importación de gran cantidad de productos manufacturados como mobiliario y equipos de oficina diseñados y adaptados a las características físicas de otras poblaciones, generalmente no proporcionan la debida comodidad y ergonomía para el trabajo seguro.

En Venezuela los datos estadísticos relacionados con los desórdenes musculo-esqueléticos son escasos, sin embargo la Dirección de Epidemiología y Análisis Estratégico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL) establece que el 90% de las enfermedades ocupacionales en nuestro país son de tipo trastorno musculo-esquelético (2013).

Cabe recordar lo expresado por el Comité Mixto OIT-OMS (1950) que define como objetivo en salud laboral el “promocionar y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores; (…) la protección contra los riesgos derivados de factores adversos para la salud; y la colocación y mantenimiento del trabajador en un ambiente de trabajo adaptado a sus capacidades psicológicas y fisiológicas…” Asimismo se propone en el Convenio internacional la OIT (1985) la "adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores habida cuenta de su estado de salud física y mental*" colocando de esa manera al individuo por sobre la tarea y superando el concepto de adaptar el hombre al trabajo.

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En Venezuela, nuestra carta magna, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), declara en su artículo 87;

“…se establece el derecho al trabajo de todos los ciudadanos, destacando la obligación del patrono de crear condiciones idóneas en el lugar de trabajo, así como la obligación del Estado de fiscalizar el cumplimiento de las condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo”.

En el mismo orden de ideas, el marco legal vigente que auspicia este tipo de investigaciones está establecido en la Ley Orgánica de Educación (2009) en lo referente a la política universitaria en su artículo 32 donde expresa que la educación universitaria tiene como función:

“...la creación, difusión, socialización, producción, apropiación y conservación del conocimiento en la sociedad, así como el estímulo de la creación intelectual y cultural en todas sus formas.” y como propósito “el establecer sólidos fundamentos que, en lo humanístico, científico y tecnológico, sean soporte para el progreso autónomo, independiente y soberano del país en todas las áreas.”

Asimismo la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) en su artículo 53 sobre los derechos de los trabajadores y las trabajadoras declara:

“Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas”.

Siguiendo en el mismo orden de ideas, el artículo 56 establece que
“Son deberes de los empleadores y empleadoras, adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo (…)”. Aunado a esto, el artículo 60 expresa:

“El empleador o empleadora deberá adecuar los métodos de trabajo así como las máquinas, herramientas y útiles utilizados en el proceso de trabajo a las características psicológicas, cognitivas, culturales y antropométricas de los trabajadores y trabajadoras. En tal sentido, deberá realizar los estudios pertinentes e implantar los cambios requeridos tanto en los puestos de trabajo existentes como al momento de introducir nuevas maquinarias, tecnologías o métodos de organización del trabajo a fin de lograr que la concepción del puesto de trabajo permita el desarrollo de una relación armoniosa entre el trabajador o la trabajadora y su entorno laboral.” (2015).

Por otro lado las normas venezolanas COVENIN 2273-91 “Principios ergonómicos en la concepción de los sistemas de trabajo.” y COVENIN 2742-98 “Condiciones ergonómicas en los puestos de trabajo en terminales con pantallas catódicas de datos” refuerzan la necesidad de la aplicación de este tipo de trabajo.

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Cuando la Dirección de Recursos Humanos (RH) de una empresa -mediante la oficina de Medicina Laboral- recoge en su data estadística casos declarados de trastornos y desordenes músculo-esqueléticos que estriban desde molestias y dolores en miembros superiores, dolores de espalda, molestias en el cuello hasta trastornos como síndrome del túnel carpiano, síndrome de Burnout (agotamiento laboral), pronación, bursitis -entre otras- asociadas con enfermedades laborales en ambientes de oficina, es un claro ejemplo de la necesidad de una intervención ergonómica en los puestos de trabajo. Además el impacto económico que esto ejerce en la organización repercutirá en el presupuesto para gasto de personal y lamentablemente incidirá en un bajo rendimiento en la productividad.

¿Qué se resultados se esperan con una intervención ergonómica?

  1. Mejora en las condiciones en los puestos de trabajo.
  2. Disminución de los casos de desórdenes músculo-esqueléticos de origen laboral presentes en los puestos de trabajo de oficina de la compañía o industria.
  3. Aumento en la productividad y el desempeño laboral de las actividades administrativas en los puestos de trabajo de oficina y de planta.
  4. Mejora en la eficiencia del sistema y organización del trabajo.

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Arq. Renán Moreno C.
2017

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Oye bastante interesante lo que compartes muy importante para tomar en cuenta !

Es curioso que tanto la mayoría del personal que labora en estos espacios así como el patrono no tienes conciencia de los riesgos a lo que están expuestos...

Excelente información, gracias por compartir. Saludos.

Excelente post, gracias por promover la salud.

exelente informacion

Me ha llamado la atencion tu post en enpecial para quienes trabajan como freelancer que asumen todas las responsabilidades razon por la cual deben valorar el trabajo que realizan un abrazo.