Interesante como siempre tu trabajo.
Me permito agregar una parte jurídica que se relaciona con la verdad.
En derecho existen dos grandes verdades:
a) La verdad real (Algunos la llaman la verdad verdadera)
b) La verdad procesal.
La primera de ellas se corresponde con los verdaderos hechos que ocurren en una situación. Es lo que constituye la verdad en sí de lo que se quiere analizar, investigar, relatar etc.
Por ejemplo si han acusado a alguien de un robo, la verdad real es si ciertamente la persona cometió el delito o no.
Supongamos que si lo hizo entonces la verdad real es que estamos frente a un ladrón.
Por otro lado, supongamos que con artimañas, compra de conciencia de autoridades, falsificaciones u otro mecanismo se logra jurídicamente cambiar todo y aparece el delicuescente como inocente con una serie de argumentos llevados a juicio.
Es así como la vedad real puede ser modificada y la verdad procesal se impone.
Allí surge entonces la verdad procesal que ha logrado cambiar los hechos y por lo tanto el delincuente queda libre de toda culpa.
Espero les haya gustado este aporte.
Saludos.